Con base al análisis técnico de la documentación presentada de forma oficial y de conformidad con lo establecido en las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública para el Ejercicio Fiscal 2022 se emite opinión técnica, queda bajo la responsabilidad de la Dirección General de Caminos DGC como unidad ejecutora del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, debiendo considerar los siguientes aspectos: Es responsabilidad de la Unidad Ejecutora darle cumplimiento a las indicaciones, compromisos generales y compromisos de la fase constructiva indicados en la resolución ambiental emitida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, además de implementar las medidas de mitigación del análisis de riesgo, para asegurar el funcionamiento y operación optima del proyecto. Así mismo asegurar la disponibilidad de los derechos de vía necesarios y la operación y mantenimiento para el buen funcionamiento de la obra.
Los responsables por la planificación, formulación, diseño y costos del proyecto objeto de este análisis son los profesionales que elaboraron los documentos que conforman el expediente del proyecto presentado. La Dirección General de Caminos, deberá registrar en el módulo de seguimiento del SNIP las observaciones, modificaciones o cambios en el avance físico y financiero, que se den en la fase de ejecución de la inversión del proyecto, de acuerdo a la legislación vigente.
Antes de realizar cualquier tipo de movimiento financiero que se relacione con el proyecto, se recomienda se verifique que el mismo no contraviene lo estipulado dentro de la ley Orgánica de Presupuesto vigente y las leyes que se apliquen por el tipo de proyecto, ya que es estricta responsabilidad de la Unidad Ejecutora cualquier tipo de gestión que se realice. Es oportuno indicar que la Secretaria de Planificación y Programación de la Presidencia SEGEPLAN no asume responsabilidad alguna por los aspectos técnicos, sociales, de mercado, legales, evaluaciones y la definición tanto en el diseño como en la ejecución física del proyecto y es ajena por la omisión de actos previos, durante y posteriores tanto en los procedimientos de contrataciones que se realicen, así como en la ejecución presupuestaria que se afecte al amparo de la gestión y condiciones del financiamiento, quedando a la estricta responsabilidad de la Unidad
La Undidad Ejecutora es responsable del registro de los avances fisicos y financieros en los sistemas correspondientes.