Marco conceptual

 

- Introducción

- Diagnóstico de la inversión

- El Sistema

1. Concepto

2. Objetivos

3. Organización

4. Marco legal

5. Entorno del proceso

6. Fondos financiamiento

7. Estandarización

8. El proceso

9. El ciclo de vida

10. Los componentes

- Vinculación de las etapas

- Productos del sistema

- Relación con otros sistemas

- Puesta en operación

 

 

 

 

 

El Sistema Nacional de Inversión Pública:

Para superar las debilidades que presenta el proceso de inversión pública en el país, así como para potenciar los instrumentos de planificación y programación de las inversiones y apoyar a la vez, una mejor y más eficiente asignación de los recursos de inversión a proyectos bien formulados y evaluados, se hace necesario y evidente que todo este proceso sea ejecutado bajo las directrices de un Sistema Nacional de Inversiones Públicas.

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1. Concepto  

Se entenderá por Sistema Nacional de Inversión Pública, al conjunto de normas, instrucciones y procedimientos e instrumentos técnicos que tienen por objetivo, en el contexto de un Estado moderno, ordenar el proceso de la Inversión Pública, para poder concretar las opciones de inversión más rentables económica y/o socialmente, considerando los lineamientos de la Política de Gobierno. Es un instrumento de gestión que permita transformar las ¨ideas¨ en proyectos concretos y que funciona considerando el ciclo de vida del proyecto.

El SNIP opera en el marco de las políticas macroeconómicas, sectoriales y regionales definidas en0 un Plan de Desarrollo, las cuales servirán de referencia para la selección y priorización de proyectos. De esta forma, el SNIP canaliza sus esfuerzos a la elaboración y actualización de un Programa de Inversiones Públicas (PIP) multianual, el que proporcionará al Sistema Presupuestario la información necesaria para la elaboración del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado en materia de inversión y a la vez, orienta la negociación de la cooperación internacional en función de las prioridades de desarrollo. 

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2. Objetivos  

Objetivo General:

El principal objetivo del SNIP es concretar las opciones de inversión más rentables desde el punto de vista económico y social atendiendo los lineamientos de la política de Gobierno.

Objetivos Específicos:

  • Desarrollar y difundir procedimientos metodológicos, normas e instructivos uniformes para la formulación, evaluación, análisis técnico económico, ejecución y seguimiento de las iniciativas de inversión.
  • Conformar y mantener actualizada una cartera de proyectos de inversión que considere las fases de preinversión, ejecución y operación, con el propósito de apoyar la toma de decisiones en la gestión de la inversión.
  • Apoyar una eficiente asignación y administración de los recursos de inversión mediante el establecimiento de procedimientos y criterios que eviten la discrecionalidad en el uso de los recursos públicos.
  • Apoyar la selección y priorización de los programas y proyectos de inversión que conformarán los programas de inversión del gobierno, mediante la preparación y formulación del Programa de Inversiones Públicas - PIP -.
  • Efectuar seguimiento al avance del Programa de Inversiones Públicas, a la ejecución anual, y en particular a los proyectos que lo integran y proponer medidas para impulsar y mejorar su ejecución.
  • Asegurar la disponibilidad de información confiable y oportuna para la toma de decisiones.
  • Proponer anualmente los proyectos y programas con informe favorable de SEGEPLAN a incorporarse en el Presupuesto anual del Estado, siguiendo para ello las directrices y límites del gasto de inversión, establecidos por el Organo Rector del Sistema Presupuestario.
  • Disponer de carteras de proyectos de inversión con dictamen favorable, con las cuales el país negociará su financiamiento con los organismos bilaterales y multilaterales.
  • Definir las responsabilidades institucionales de los entes participantes en el proceso de inversión pública.
  • Integrar el SNIP con los sistemas de planificación, administración y control, en el marco de un nuevo estilo de gestión pública.

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3. Organización del Sistema

El SNIP opera dentro de una organización que apoya la descentralización, en la que participan e interactuan todos los organismos sectoriales y regionales que promueven y ejecutan proyectos de inversión pública. Está diseñado para capturar los requerimientos de inversión desde la base, partiendo de una tipificación de proyectos locales, departamentales, regionales y nacionales.

El mayor involucramiento de la sociedad civil en la identificación de sus necesidades, problemas y carencias y la promoción de proyectos que den respuesta a los mismos, establece las bases para fundamentar el proceso de descentralización de las inversiones públicas, estos procesos participativos expresan con mayor precisión las necesidades del grupo social objetivo. Debe tenerse en cuenta que los procesos participativos deben estar orientados a darle cumplimiento a los planes y programas de desarrollo nacionales y regionales, promoviendo con ello de manera integral el desarrollo del país. (véase diagrama No. 1)

Desde el punto de vista funcional el sistema, destaca tres funciones básicas:

  • Decisión: En este nivel se toman decisiones y se priorizan los proyectos de inversión a realizar, con base a los informes favorables emitidos por la SEGEPLAN. La función de decisión reside en el Poder Ejecutivo, a través del Presidente de la República y los Ministros de Estado (que a la vez son los rectores sectoriales), así como en el Sistema de Consejos de Desarrollo a través de sus Presidentes regionales y los Gobernadores departamentales y en los Concejos Municipales.
  • Gestión: Es una acción técnica que se traduce en la identificación, formulación y evaluación de proyectos, su ejecución y puesta en marcha. La función de gestión es efectuada por las entidades de gobierno central, entidades descentralizadas, Consejos de Desarrollo y Municipalidades.
  • Coordinación y asesoría: Esta función recae en SEGEPLAN y consiste en administrar los instrumentos del Sistema, en emitir informes sobre la viabilidad técnico - económica de los proyectos de inversión nuevos y de arrastre, que someten anualmente a su consideración las instituciones del Sector Público.

En el proceso de la inversión, interactúa SEGEPLAN con el Ministerio de Finanzas Públicas y las unidades técnicas de planificación institucionales, lo que asegurará la operatividad del sistema, la fluidez de la información y la homogeneidad de criterios para la toma de decisiones.

Modelo operativo del Sistema:

Este modelo presenta en forma dinámica, la ruta que deben seguir las iniciativas de inversión dentro del sistema, estableciéndose las instancias, los niveles y las relaciones que deben existir entre éstos para asegurar la plena consistencia de la inversión pública. Ya se indicó que el Sistema tiende a favorecer la descentralización y de esa cuenta, el modelo está organizado para capturar los requerimientos desde la comunidad.

El sistema opera en dos ejes transversales, uno sectorial y el otro territorial, los que se explican a continuación:

Diagrama 1:

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Esquema Sectorial:

La Ley del Organismo Ejecutivo en el artículo 23 instituye los rectores sectoriales, de donde deben emanar las políticas, normativa e instrucciones para el funcionamiento de su sector; esto significa que toda iniciativa de inversión correspondiente a un sector, independientemente de su origen, debe ser avalada y aprobada por el órgano rector sectorial, lo que evitará la desorganización y discrecionalidad. Los beneficios de ordenar el proceso de inversión sectorial son muchos, pero puede resumirse en los siguientes: a) desarrollo ordenado y coherente; b) utilización eficiente y eficaz de los recursos del sector público; c) coordinación efectiva de la inversión que realizan las diversas instituciones en torno al sector, aunque sean instituciones no dependientes del ministerio rector sectorial; d) previsión efectiva de los gastos recurrentes al entrar en operación el proyecto de inversión que se ha ejecutado; y e) fortalecimiento sectorial.

La organización operativa sectorial del Sistema se muestra en tres niveles:

Primer nivel: SEGEPLAN como órgano rector del Sistema Nacional de Inversión Pública tiene funciones eminentemente normativa, de registro y de análisis; y las principales son las siguientes:

  • Coordinar que las políticas sectoriales, estén enmarcadas en las políticas y normas de carácter general aplicables a la inversión pública.
  • Disponer de metodologías de formulación y evaluación de proyectos específica por sector.
  • Conformar y administrar un banco de proyectos en diferentes fases y etapas en función del ciclo del proyecto.
  • Hacer el análisis técnico y económicos de las iniciativas de inversión nuevas y de arrastre y emitir los informes correspondientes.
  • Apoyar la priorización de las iniciativas de inversión, conforme las políticas y objetivos de desarrollo.
  • Conformar el Programa de Inversiones Públicas Plurianual.
  • Dar seguimiento a la inversión pública, identificar los cuellos de botella, dar alertivos a las autoridades competentes y proponer alternativas de solución (gerencia de proyectos) y 
  • Administrar un proceso permanente de capacitación en materias propias de la inversión pública.

En este nivel, SEGEPLAN actúa en estrecha relación con el Ministerio de Finanzas Públicas, quien tiene a su cargo entre otras funciones relativas a la inversión pública, la asignación de recursos, la programación presupuestaria y el registro y control de la deuda pública. Sus funciones han sido definidas claramente en la Ley del Organismo Ejecutivo y en la Ley Orgánica del Presupuesto.

Segundo nivel: El órgano rector sectorial (ministerio sectorial), donde emanan las políticas sectoriales, normas, instrucciones que rigen el sector. Para su correcto y óptimo funcionamiento se integra así: a) el órgano superior o Ministerio Sectorial; y b) la unidad de planificación y/o programación del ente rector. Entre sus principales funciones están las siguientes:

  • Emitir las políticas y normativas sectoriales acordes a las políticas y normas de carácter general y en respuesta a necesidades sectoriales identificadas por sector.
  • Coordinar sus actividades de inversión con la SEGEPLAN.
  • Coordinar a las entidades que conformen el sector, aunque administrativamente no dependan directamente del rector sectorial.
  • Formular, evaluar y priorizar las iniciativas de inversión de su sector.
  • Conformar el Programa de Inversiones Públicas Sectorial con los proyectos que tengan la opinión favorable de la SEGEPLAN.
  • Promover iniciativas de inversión conforme las necesidades del sector, en coordinación con los demás sectores y las regiones.
  • Disponer de carteras de proyectos en su etapa de preinversión aprobadas por SEGEPLAN, al momento de iniciar la búsqueda de financiamiento.
  • Dar seguimiento a la inversión de su sector, identificar los cuellos de botella, dar alertivos a las autoridades competentes y proponer alternativas de solución (gerencia de proyectos).
  • Elaborar los Informes de Término de Proyectos para apoyar la evaluación ex - post.

Tercer Nivel: Conformado por las unidades ejecutoras del sector. Vale distinguir dos tipos de unidades ejecutoras: a) las que dependen del órgano rector sectorial; y b) las que dependen de otros ministerios o entidades, pero que realizan inversión pública para un determinado sector. En todo caso, los ejecutores deben regirse por las políticas y normativas emanadas de los rectores sectoriales. Sus principales funciones son las siguientes:

  • Coordinar sus actividades con el órgano rector sectorial (debe ceñirse a las políticas y objetivos de desarrollo del sector correspondiente).
  • Identificar las necesidades sectoriales con acento en las actividades de su especialización.
  • Formular y evaluar proyectos (por si mismas o a través de terceros). La formulación comprende los estudios de preinversión (prefactibilidad, factibilidad y estudios y diseños finales).
  • Elaborar términos de referencia para la contratación de estudios y supervisar su realización.
  • Ejecutar los proyectos a su cargo, conforme el programa de ejecución aprobado por SEGEPLAN.
  • Informar al órgano rector sectorial y a la SEGEPLAN a través del sistema de información de proyectos sobre el desarrollo de la preinversión y la ejecución de los proyectos a su cargo, en la forma y frecuencia establecidos.
  • Hacer la provisión de recursos para garantizar la operación y funcionamiento de los proyectos terminados (gastos recurrentes).
  • Apoyar la elaboración de los Informes de Término de Proyecto.
  • En función del Plan de Desarrollo Nacional, coordinar que las políticas sectoriales cumplan con el plan.

Esquema Territorial En este esquema es donde la sociedad civil tiene su mayor expresión. El SNIP funcionará bajo el mismo esquema determinado en la Ley de Consejos de Desarrollo; sin embargo, el vacío que deja el Consejo Nacional de Desarrollo, en materia de inversión pública, lo ocupa la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia de la República, de donde emanarán las políticas, normativa e instrucciones de carácter general que oriente al desarrollo regional.

Las políticas y objetivos de desarrollo específicos para cada región la dará el Consejo Regional del Desarrollo. Aquí es importante destacar que las políticas y objetivos de desarrollo regionales deben armonizarse con la políticas sectoriales, de tal manera que la inversión se focalice en las áreas prioritarias, dando respuesta a las necesidades más urgentes de la población.

No debe perderse de vista que toda iniciativa de inversión aunque nazca bajo el esquema regional o territorial, pertenece necesariamente a uno o varios sectores y por consiguiente, deberá ser canalizada, coordinada y aprobada por el órgano rector sectorial.

En el esquema territorial, dada la estructura del Sistema de Consejos de Desarrollo, se distingue cuatro niveles, lo que operan de la siguiente manera:

Nivel Nacional: Lo ocupa la SEGEPLAN, quien dará los lineamientos generales, políticas y objetivos de desarrollo y que básicamente tiene las funciones siguientes.

  • Coordinar que las políticas regionales, estén enmarcadas en las políticas y normas de carácter general aplicables a la inversión pública.
  • Conformar y administrar un banco de proyectos en diferentes fases y etapas en función del ciclo del proyecto.
  • Realizar los análisis técnico y económicos de las iniciativas de inversión nuevas y de arrastre y emitir los dictámenes correspondientes.
  • Apoyar la priorización de las iniciativas de inversión conforme las políticas y objetivos de desarrollo.
  • Conformar el Programa de Inversiones Públicas plurianual.
  • Dar seguimiento a la inversión pública, identificar los cuellos de botella, dar alertivos a las autoridades competentes y proponer alternativas de solución (gerencia de proyectos) y
  • Administrar la capacitación que se ejecutará en el nivel territorial.

En este nivel la responsabilidad es compartida con el Ministerio de Finanzas Públicas, quien tiene a su cargo entre otras funciones relativas a la inversión pública, la asignación de recursos, la programación presupuestaria y el registro y control de la deuda pública. Sus funciones han sido definidas claramente en la Ley del Organismo Ejecutivo y en la Ley Orgánica del Presupuesto.

Nivel Regional: Lo conforman los Consejos Regionales de Desarrollo, como órganos rectores regionales, de donde emanan las políticas regionales, normas, instrucciones que rigen la región. Toda iniciativa de inversión que nazca en el esquema territorial debe ser evaluado y aprobado por la Unidad Técnica Regional del Consejo correspondiente. Para su correcto y óptimo funcionamiento se integra así: a) El Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural; y b) la Unidad Técnica del Consejo Regional de Desarrollo. Entre sus principales funciones están las siguientes:

  • Emitir las políticas y normativas regionales armonizadas con las políticas y normativas globales y sectoriales.
  • Proponer planes, programas y proyectos de desarrollo para su región.
  • Coordinar sus actividades de inversión con la SEGEPLAN.
  • Coordinar a los Consejos y Unidades Técnicas que conformen su región.
  • Promover iniciativas de inversión conforme las necesidades de la región tomando. en cuenta las políticas globales y sectoriales de desarrollo.
  • Priorizar las iniciativas de inversión de su región.
  • Dar seguimiento y evaluar la inversión de su región, identificar los cuellos de botella, dar alertivos a las autoridades competentes y proponer alternativas de solución (gerencia de proyectos). 
  • Canalizar a través de los órganos competentes sectoriales, las iniciativas de inversión para su concreción.
  • Coordinar con los rectores sectoriales, la provisión de recursos para la operación y funcionamiento de los proyectos finalizados.

Nivel Departamental: Lo conforman los Consejos Departamentales de Desarrollo Urbano y Rural, como integradores departamentales de las iniciativas de inversión provenientes del nivel municipal. La Unidad Técnica del Consejo Departamental actuará como enlace, para transferir las iniciativas a los Consejos Regionales de Desarrollo Urbano Rural. Para su funcionamiento se integra así: a) El Consejo Departamental de Desarrollo Urbano y Rural; y b) la Unidad Técnica del Consejo Departamental de Desarrollo Urbano y Rural. Entre sus principales funciones están las siguientes:

  • Proponer planes, programas y proyectos de desarrollo para su Departamento.
  • Coordinar sus actividades de inversión con la Unidad Técnica del Consejo Regional de Desarrollo.
  • Coordinar a los Consejos y Unidades Técnicas municipales que conformen su Departamento.
  • Promover iniciativas de inversión conforme las necesidades del departamento, tomando en cuenta las políticas globales y sectoriales de desarrollo.
  • Elaborar los perfiles de los proyectos que se originan en el departamento y los provenientes de los consejos municipales, éstos últimos en caso de ser requeridos.
  • Elaborar la propuesta de términos de referencia para la contratación de estudios de preinversión de las iniciativas de inversión de su jurisdicción; Hacer análisis preliminar (oferta - demanda) de las iniciativas de inversión que se canalicen a través del Consejo y emitir opinión al respecto.
  • Cuando exista la capacidad técnica instalada, formular iniciativas de inversión (por si mismas o a través de terceros). La formulación comprende los estudios de preinversión (prefactibilidad, factibilidad y estudios y diseños finales).
  • Dar seguimiento a la inversión del departamento, identificar cuellos de botella, dar alertivos a las autoridades competentes y proponer alternativas de solución (gerencia de proyectos). 
  • Informar al órgano rector regional y a la SEGEPLAN a través del sistema de información de proyectos sobre el desarrollo de la preinversión y la ejecución de los proyectos de su jurisdicción, en la forma y frecuencia establecidos.
  • Coordinar con los rectores sectoriales, la provisión de recursos para la operación y funcionamiento de los proyectos finalizados.
  • Apoyar la capacitación en el nivel departamental.

Nivel Municipal: En este esquema, la sociedad civil es el punto focal de la gestión de los Consejos municipales de desarrollo. Los consejos, mediante ejercicios participativos, debe identificar y priorizar las necesidades y aspiraciones de la población y con base en ello promover las iniciativas de inversión que les den respuesta. Vale aclarar que los órganos municipales no son ejecutores por si mismos, sino que ejercen supervisión y control sobre las iniciativas de inversión que en su jurisdicción se realizan; está integrado por: a) La sociedad civil; b) el Consejo Municipal de Desarrollo; y c) por la Unidad Técnica del Consejo Municipal de Desarrollo. Tienen a su cargo las siguientes funciones:

  • Proponer planes, programas y proyectos de desarrollo de su Municipio.
  • Identificar necesidades y carencias a través de ejercicios participativos con la sociedad civil.
  • Elaborar los perfiles de los proyectos identificados.
  • Cuando exista la capacidad técnica instalada, formular iniciativas de inversión (por si mismas o a través de terceros). La formulación comprende los estudios de preinversión (prefactibilidad, factibilidad y estudios y diseños finales).
  • Elaborar términos de referencia para la contratación de estudios y supervisar su realización.
  • Impulsar las iniciativas de inversión en sus diferentes etapas.
  • Supervisar la ejecución de los proyectos a su jurisdicción.
  • Establecer necesidades de financiamiento y gestionar los recursos para la preinversión y ejecución de sus proyectos.
  • Informar a la unidad técnica del Consejo Departamental de Desarrollo y a la SEGEPLAN a través del sistema de información de proyectos sobre el desarrollo de la preinversión y la ejecución de los proyectos de su jurisdicción, en la forma y frecuencia establecidos.
  • Coordinar con los órganos rectores regionales y sectoriales, la provisión de recursos para garantizar la operación y funcionamiento de los proyectos terminados (gastos recurrentes).
  • Apoyar el proceso de capacitación en el nivel municipal.

Cabe mencionar que los esquemas planteados no se sobreponen los unos a los otros, sino que deben guardar coordinación, armonía y complementariedad en su operatoria o funcionamiento.

Diagrama 2:

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4. Marco Legal

Cuando se analiza el entorno legal del sistema, se advierte que es necesario incursionar casi en todos los ámbitos de la administración, pues la mayoría de instituciones están ligadas directa o indirectamente con la inversión pública.

No obstante, se puede categorizar la participación institucional en la inversión pública, ya que por un lado están los órganos rectores y por el otro están los que concretizan los diferentes momentos de la inversión. Dentro de los primeros se encuentran la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia de la República como órgano rector de la inversión y que tiene a su cargo las funciones consultiva y normativas dentro de la estructura administrativa de Gobierno y el Ministerio de Finanzas Públicas, que administra los recursos del Gobierno y tiene funciones normativas y ejecutivas. Dentro de los segundos están los Ministerios sectoriales, las entidades descentralizadas y autónomas cuya función es ejecutora.

Si bien es cierto, en la legislación guatemalteca hay varias normas que en general tratan de orientar el proceso de inversión, también lo es, que estas normas están dispersas en distintas leyes de diferentes categorías. En la práctica esto ha representado problemas, pues las reglas de la técnica jurídica parecieran poco prácticas para resolver los problemas de aplicación de las leyes.

La Ley del Organismo Ejecutivo en el artículo 14, literales b) y h) establece las bases para el Sistema Nacional de Inversiones Pública, sin embargo estas normas son aún de carácter general por lo que es necesario desarrollarla para hacerla más específica, apoyada y complementada en otras normas legales atingentes a la materia.

Tomando en cuenta que la planificación es el marco orientador de la inversión pública, debe considerarse en primer término el artículo 118 de la Constitución Política de la República que establece en su párrafo 2do. "Es obligación del Estado orientar la economía nacional para……" Esta norma como se puede apreciar, es propia del régimen de planificación del Estado, si bien es cierto la orientación de la economía en general está a cargo de varios entes -BANGUAT, MINISTERIO DE ECONOMÍA, MINFIN Y SEGEPLAN, también lo es, que en materia de inversión (como segmento de la economía nacional),su orientación corresponde a la SEGEPLAN, orientación que se concretiza a través de la planificación del desarrollo, expresados obviamente en planes y estrategias. Para acentuar lo expresado, el primer párrafo del artículo 8 de la Ley Orgánica del Presupuesto indica "Los presupuestos públicos son la expresión financiera anual de los planes del estado".

La formulación de proyectos se ve amparada por la última parte de la literal b) del artículo 14 del Dto. 114-97 del Congreso de la República y por Acuerdo Gubernativo 794-97 de creación del Sistema Nacional del Financiamiento de la Preinversión.

Referente a la programación de las inversiones públicas, son los órganos ejecutores los que la propondrán oportunamente a la SEGEPLAN y, en cuanto a la programación presupuestaria del ejercicio vigente, los ejecutores la presentarán al Ministerio de Finanzas Públicas.

La literal h) del referido cuerpo legal, establece que SEGEPLAN debe coordinar el proceso de planificación y programación de inversión pública a nivel sectorial y territorial. El artículo 15 de La Ley Orgánica del Presupuesto, establece entre otros aspectos, que la programación financiera anual y los cronogramas de ejecución física, deberán guardar congruencia con el Programa de Inversiones Públicas elaborado por SEGEPLAN. Más específico es el Acuerdo Gubernativo 877-98, que en su artículo 2 indica que es objetivo de la SEGEPLAN "…..la programación de la inversión pública….." La literal h) del artículo 14 de la ley citada establece que corresponde a las Direcciones Técnicas de SEGEPLAN "Integrar el Programa de Inversiones Públicas,…." Lo anterior se ve reforzado por lo establecido en el último párrafo del artículo 15 de la Ley Orgánica del Presupuesto.

En la formulación de presupuesto, hay una primera etapa que es la elaboración de las políticas y lineamientos que rigen este proceso, esta función es compartida entre el MINFIN y SEGEPLAN. La segunda etapa, es la asignación de recursos, la que tiene dos momentos: el primero consiste en los requerimientos financieros que hacen las entidades públicas de inversión, mismos que deben canalizarse vía el PIP; el segundo momento consiste en otorgar el financiamiento a los proyectos que conforman el programa, tarea que compete a la Dirección Técnica del Presupuesto. Debe indicarse, que tanto la solicitud como la asignación de recursos, deben ceñirse a los montos recomendados por SEGEPLAN en el PIP.

El seguimiento y evaluación son actividades que están divididas en el entorno legal guatemalteco. El seguimiento de la inversión pública, corresponde a la SEGEPLAN; sin embargo la Ley Orgánica del Presupuesto también establece que el MINFIN debe evaluar la ejecución del presupuesto en forma periódica y durante la ejecución, lo que equivale a seguimiento presupuestario.

La evaluación en primera instancia corresponde a la autoridad superior de cada organismo o entidad que realicen inversión pública. También la Ley le asigna la función de evaluación presupuestaria a la Dirección Técnica del Presupuesto del MINFIN, quien evalúa básicamente los resultados físicos y financieros obtenidos y los efectos producidos.

Es necesario hacer una sana distinción en el ámbito de la evaluación, pues la señalada anteriormente se refiere específicamente a los resultados presupuestarios, lo que semejaría una evaluación ex post limitada.

La evaluación en todo su contexto (ex ante, concurrente y ex post), en donde el presupuesto es solo uno de los elementos, corresponde a SEGEPLAN, conforme la literal b) del artículo 14 de la Ley del Organismo Ejecutivo. El aspecto evaluativo comprende la evaluación de las políticas públicas, el análisis de impacto social, económico y ambiental de la inversión y el desempeño institucional en relación a la inversión.

Como se puede apreciar, existe en algunos casos dualidad de funciones y de competencias, que lejos de favorecer el proceso de inversión, lo satura de indefiniciones funcionales e institucionales. Para corregir esta situación, es preciso la institucionalización de la Ley de Inversiones Públicas, que asigne categóricamente las funciones y delimite las competencias, además que establezca las normas básicas que deben regir el proceso de inversión.

A la Ley hay que dotarla del respectivo reglamento que operativice la norma, así como complementarla con otro tipo de normativas técnicas que orienten el proceso de inversión, tales como metodología de formulación y evaluación de proyectos, manuales e instructivos para apoyar la capacitación, tarea que corresponde a SEGEPLAN.

 

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5. El Entorno del Proceso de la Inversión Pública

Para que las inversiones públicas apoyen los objetivos de desarrollo deben responder a un marco orientador que indique dónde, cuándo, cuánto y en qué debe invertir el Estado. Estas orientaciones no pueden ser improvisadas, antojadizas y tampoco, deben provenir de una visualización coyuntural del desarrollo. Por el contrario, la planificación del desarrollo es un enfoque de largo plazo, que debe rebasar por mucho las corrientes políticas temporales, cuya visualización solo alcanza el corto y mediano plazo.

El entorno del proceso de la inversión se ve influenciado también, por los cambios profundos que ocurren en el entorno internacional, uno de ellos y sin duda el más relevante es la globalización, que aunque no sea un fenómeno completamente nuevo es evidente que los flujos comerciales y financieros de la economía mundial alcanzan en estos momentos una importancia y un dinamismo inéditos.

Las corrientes modernas de la planificación se inclinan por la planificación estratégica, que viene a ocupar el lugar de la planificación indicativa, que a juzgar por los conocedores, es considerada muy rígida y poco adaptable a la dinámica de los cambios socioeconómicos que concurren en una sociedad. La planificación estratégica debe ir acompañado de la prospectiva del largo plazo, es decir la capacidad de poder visualizar el país (entorno económico y social) a cierto tiempo en el futuro si se cumplen determinadas condiciones previstas con anticipación. Por otro lado los procesos participativos de planificación se inclinan a dar mayor participación a la sociedad civil para identificar y dar solución a sus problemas y carencias.

En resumen, la inversión pública debe tener como fundamento la planificación del desarrollo, de donde deben derivarse planes y programas particulares de cada sector cruzando la línea territorial. La planificación no debe limitarse a un enfoque gubernamental, por el contrario debe ser un claro orientador de la economía nacional y una señal para el sector privado.

En países como el nuestro, se requiere de mayor inversión del Estado, para propiciar la inversión privada y buscar resolver los desequilibrios sociales. No puede pretenderse el desarrollo del país, con índices de inversión tan bajos como el que tiene Guatemala, que en el último quinquenio en promedio no supera el 4.2% del PIB.

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6. Los Fondos de Financiamiento de la Inversión Pública

En una primera aproximación al tema, puede decirse que los fondos para financiar la inversión pública provienen de recursos del presupuesto y recursos extra presupuestarios. Sin embargo y en busca de claridad administrativa y financiera, los recursos de la inversión pública se deben discriminar por su fuente de origen. En las últimas tres décadas, los fondos proveniente de fuentes externas han financiado un alto porcentaje de las inversiones, mientras que las fuentes de origen nacional se han diversificado, aunque no ha variado sustancialmente el porcentaje de participación.

Las fuente de origen interno son básicamente, el presupuesto del gobierno central (la parte que financia el gobierno con recursos propios), el presupuesto de las instituciones descentralizadas, el aporte de las municipalidades, el aporte comunitario, las donaciones de origen interno provenientes del ONG'S, asociaciones, fundaciones y otras.

Por otro lado los fondos de origen externo, que también financian parcialmente el presupuesto nacional y pueden clasificarse básicamente en reembolsables (préstamos) y no reembolsables (donaciones y cooperación técnica).

Fondos de origen interno

Recursos del presupuesto Conjunto de recursos que se destinan al financiamiento de proyectos de inversión. Estos fondos pueden representar el total o parte del financiamiento, en algunos casos son complementados con otros recursos, especialmente de origen externo.

Con el propósito de mejorar y agilizar la inversión pública se crearon los fondos sociales como mecanismos de apoyo. Estos están dirigidos a financiar proyectos y acciones a los sectores de menores ingresos y con mayores carencias; funcionan bajo un régimen financiero especial, al no regirse por la ejecución tradicional del presupuesto sino que funcionan por medio de transferencias de recursos de parte del Ministerio de Finanzas y/u otras instituciones y de los desembolsos directos que reciben de fuentes financieras internacionales, de operaciones activas.

Con el ánimo de ordenar y hacer coherentes las inversiones públicas, las iniciativas de inversión que se tramitan bajo el régimen de fondos sociales, deben cumplir con las siguientes condiciones:

  • No deben duplicar o suplir, aunque si complementar las acciones de otras entidades estatales y entidades privadas.
  • Toda iniciativa de inversión debe ser debidamente programada (para el ejercicio presupuestario) y recibir previamente el informe favorable de SEGEPLAN, por consiguiente la improvisación y el corto plazo se descartan, salvo emergencias debidamente amparadas.
  • Deben estar orientadas y darle cumplimiento a políticas y objetivos de desarrollo. 
  • Los proyectos deben ser capaces de autosustentarse en un plazo razonable.
  • Deben contar el aval y el aporte de la comunidad beneficiada; ya sea en recursos financieros, materiales o mano de obra.

Recursos Municipales Los fondos municipales para la inversión provienen fundamentalmente de dos fuentes: a) los recursos propios; y b) los recursos del 10% constitucional que el Gobierno central les traslada. Respecto a estos últimos, debe tenerse el cuidado al momento de cuantificar la inversión y sus aportes, para no duplicar las cifras, debido a que estos recursos en primera instancia se registran vía presupuesto central.

Recursos Comunitarios Son los aportes que las comunidades beneficiarias hacen para favorecer la ejecución de los proyectos y puede tener expresión en dinero, en especie (materiales locales y suministros) y en trabajo, mismo que debe ser valorado y calculado a precios de mercado. Algunas fuentes financieras internacionales y los fondos sociales exigen en ocasiones, que la comunidad haga un aporte al proyecto, lo que da un alto grado de pertenencia y apropiación de los bienes y servicios constituidos.

Otros recursos Bajo este rubro entran todos aquellos aportes de origen interno no clasificados en los rubros anteriores, provenientes de fuente de origen interno, tales como ONG's locales, fundaciones, asociaciones, donaciones privadas y otras de la misma naturaleza. Por lo general, apoyan parcialmente alguna de las fases del ciclo del proyecto (preinversión, ejecución u operación).

Fondos de origen Externo

En Guatemala, el financiamiento de la inversión cuenta con un alto porcentaje de recursos de origen externo. Debido a que los beneficios del financiamiento pueden ser disminuidos por los costos financieros que representa su utilización, estos recursos deben aprovecharse al máximo y utilizarlos eficientemente. Este tipo de operaciones, deben tener como requisito un cronograma de ejecución que debe respetarse y cumplirse para evitar que se incrementen los costos financieros por no ejecutar. Las asignaciones presupuestarias deben otorgarse en la medida del programa de ejecución, pues si se autorizan cifras menores, se está obligando a los ejecutores a diferir la ejecución del proyecto y por consiguiente, a incrementar sus costos y a postergar sus beneficios.

Clasificación del financiamiento de origen externo:

Recursos reembolsables Consiste en préstamos principalmente en dinero aunque puede darse bajo otra modalidad (Ej. mercancías), que incorporan la obligación de repago de parte del Estado y/o sus Instituciones y por lo general estas operaciones se realizan en divisas (Ej. US$, DEG, ECU, etc.) y están sujetas a condiciones financieras y contractuales. Bajo este rubro también, pueden clasificarse la cooperación técnica contingente, es decir aquella que depende de la realización de una operación (préstamo), para que tenga carácter reembolsable. Es obligatorio incorporarlas al presupuesto general del Estado.

De conformidad con la Ley, corresponde con exclusividad al Ministerio de Finanzas Públicas, la adquisición de compromisos financieros en nombre del Gobierno de la República y excepcionalmente otras instituciones, cuando actúen con poderes potestativos otorgados conforme a la Ley.

Recursos no reembolsables Bajo esta modalidad aparecen las donaciones y la cooperación técnica no contingente, proveniente de organismos internacionales y gobiernos amigos o sus agencias, que puede también, ser en especie, en dinero o en asistencia técnica y su principal característica es que no existe la obligación de devolución y se rigen por convenciones o acuerdos.

De conformidad con la ley, corresponde a la SEGEPLAN, la priorización, gestión, negociación, administración y contratación de la cooperación financiera no reembolsable. Los montos obtenidos bajo este rubro, deberán incorporarse al presupuesto general del Estado y su ejecución se sujetará a las leyes y procedimientos nacionales.

Es oportuno precisar que no puede haber acercamiento con fuentes financieras internacionales sino en razón de proyectos debidamente formulados, evaluados y priorizados, y que cuenten con el informe técnico y económico favorable emitido por SEGEPLAN.

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7. Estandarización de las principales variables del proceso

Teniendo presente que uno de los objetivos centrales de la SNIP es ordenar las inversiones públicas, es importante que esta actividad se inicie para establecer los conceptos básicos en el tema de la inversión, para ir generando de esta forma la homogeneidad en los conceptos y definiciones básicas sobre las que se sustenta el Sistema.

La utilización de los conceptos en forma correcta en los diferentes niveles, deberá ser una de las preocupaciones de la SEGEPLAN en su calidad de administrador del SNIP, por ende, procesos como la difusión y la capacitación, serán los vehículos a través de los cuales esta homogenización del lenguaje deberá lograrse.

A continuación se describen los conceptos básicos:

Inversión Pública: Está constituida por los recursos que invierte el sector público para crear, incrementar, modernizar, reponer, reconstruir y mejorar la capacidad del país de producir bienes y servicios, con el propósito de incrementar el bienestar de la sociedad.

Proyecto: Se entiende por proyecto al conjunto de actividades planificadas y relacionadas entre sí, que mediante el uso de insumos generan productos dentro de un período de tiempo determinado, apuntan a solucionar un problema, promover el desarrollo o mejorar una situación específica.

Tipos de Proyectos de Inversión

  • Proyecto que forman capital fijo: es el que genera o modifica bienes -formación bruta de capital fijo- (Ej. : carreteras, escuelas, hospitales, sistemas de agua potable etc.). Se materializa generalmente en una obra física.
  • Proyecto que no forma capital fijo: no generan ni rehabilita bienes de capital fijo, su propósito es incrementar, mantener o recuperar la capacidad de generar beneficios. Entre éstos se pueden mencionar los proyectos de asistencia técnica, asistencia crediticia, organización, capacitación, fortalecimiento institucional, investigación y otras de similar naturaleza.

En el marco de la estandarización de variables, se considera relevante la identificación de las iniciativas de inversión, mediante la utilización de elementos comunes en el nombre del proyecto, tales como el proceso propio de cada tipología de inversión, su objeto y localización específica.

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8. El Proceso de Inversión Pública

El Proceso de la Inversión Pública es el conjunto de actividades y tareas destinadas a asegurar el uso eficiente y equitativo de los recursos disponibles, tanto de aquellos que provienen del ahorro interno como de aquellos que son obtenidos por la vía de donaciones y endeudamiento interno y externo.

En el proceso de la inversión pública es posible distinguir las siguientes actividades: Identificación, formulación, evaluación, análisis técnico y económico, priorización, programación y asignación de recursos, ejecución, seguimiento físico y financiero, operación y evaluación ex - post.

A raíz de la existencia de una necesidad insatisfecha, resulta la primera actividad del proceso de inversión que se inicia con la idea, es decir la identificación del proyecto y consiste en precisar el problema. En el planteamiento y análisis del problema corresponde definir la necesidad que se pretende satisfacer o se trata de resolver. De éste análisis, se precisará el bien que se desea construir o el servicio que se pretende prestar. En esta instancia es posible adoptar diversas decisiones, tales como abandonarla, postergar su estudio o profundizar en éste.

Si la decisión es continuar, se realiza la formulación del proyecto que consiste en el desarrollo secuencial de las etapas de preinversión asociadas a la toma de decisiones, con la finalidad que durante dicho proceso se aporten elementos de juicio técnico - económicos que permitan conocer la conveniencia y factibilidad de llevar a cabo la idea del proyecto.

Paralelamente se estará evaluando cada una de las etapas del proceso, analizando la viabilidad técnica de las alternativas propuestas, descartando las que no son factibles técnica y económicamente, profundizando en las alternativas consideradas más convenientes para que finalmente se estudie la alternativa viable con la cual se ejecutará el proyecto. Las actividades de identificación, formulación y evaluación serán responsabilidad de las instituciones postulantes o rectores sectoriales.

Evaluada la alternativa por los entes sectoriales, se realizará el análisis técnico económico, que consiste en revisar el documento de proyecto que respalda la formulación del proyecto, que puede ser Perfil, Prefactibilidad o Factibilidad. Cualquiera que sea el nivel de estudio, los aspectos a analizar son: la metodología utilizada, la definición correcta del proyecto, el estudio de las alternativas presentadas, análisis de costos de inversión y operación y el financiamiento. Adicionalmente se debe analizar si el proyecto es compatible con las políticas sectoriales. Como resultado de este análisis se elabora el informe que contiene la recomendación respecto a la conveniencia de ejecutar el proyecto, así como las observaciones de índole técnico - económico, según corresponda.

Si el proyecto obtuvo un informe favorable, se realiza la priorización que consiste en determinar si el proyecto puede ser seleccionado e incluido en el Programa de Inversiones Públicas - PIP -. Esta selección se realiza aplicando criterios sectoriales, regionales y nacionales, de tal forma que el proyecto finalmente seleccionado cumpla con las prioridades de Gobierno. Las actividades de análisis técnico - económico y la conformación del PIP son realizadas por SEGEPLAN. El propósito de estas actividades es orientar el proceso de asignación de recursos con las iniciativas de inversión más rentables, de acuerdo al costo de oportunidad de los recursos públicos.

Integrado y analizado el PIP (que contiene la programación de las inversiones públicas), se constituye en la base para el proceso de asignación de recursos, función que es responsabilidad del Ministerio de Finanzas Públicas, rector del Sistema de Presupuesto. La SEGEPLAN propone los montos a ser considerados en el anteproyecto de presupuesto y finalmente la Dirección Técnica del Presupuesto asigna los recursos para la ejecución del proyecto, actividad realizada por las Unidades Ejecutoras y que consiste en concretizar físicamente lo planificado en la formulación del proyecto.

Durante el transcurso de la ejecución se debe emprender el seguimiento físico y financiero con el propósito de verificar la adecuada utilización de los recursos financieros y que las metas físicas se cumplan de acuerdo a los cronogramas de ejecución previamente establecidos, En esta actividad pueden identificarse problemas que obstaculicen la ejecución del proyecto, de ser así, deberán tomarse las medidas correctivas administrativas. Esta responsabilidad es de las instituciones que ejecutan el proyecto. Es oportuno indicar que el seguimiento a la ejecución de los proyectos que conforman el PIP es responsabilidad de SEGEPLAN.

Concluida la etapa de ejecución, el proyecto entra en Operación, es decir inicia el funcionamiento del bien o servicio que satisfará la necesidad identificada o prevista al inicio del proceso. Esta actividad es realizada por la Unidad designada para operar el proyecto.

Finalmente y para concluir el proceso se realizará la Evaluación Ex - post, que pretende examinar al proyecto desde una perspectiva más amplia, intentando determinar las razones de éxito o fracaso, con el objeto de replicar las experiencias exitosas en el futuro y de evitar los problemas presentados. Adicionalmente, debe proporcionar información sobre la eficacia y efectividad del proyecto en el cumplimiento de los objetivos trazados en su diseño, a través del Informe de Término del Proyecto. En relación a las responsabilidades de esta actividad, se consideran por un lado, a la unidad ejecutora del proyecto como responsable directa por los resultados obtenidos y por otro, a SEGEPLAN, como encargada de analizar la información y verificar que se haya ejecutado el mismo proyecto que se aprobó originalmente, y de medir el impacto en los indicadores y las estrategias de desarrollo.

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9. El Ciclo de Vida

El SNIP contempla de manera integral el proceso de inversión a través de darle seguimiento al ciclo de vida del proyecto, desde la transformación de una idea de inversión hasta que entra en operación. Esto implica un flujo permanente de información con distintos grados de elaboración a medida que se vaya avanzando en el proceso. Las fases en la vida de toda iniciativa de inversión son:

Preinversión En esta fase se identifican iniciativas de inversión, formulan, evalúan y seleccionan las opciones más rentables desde el punto de vista económico social. Es en esta fase donde se conocen los elementos necesarios y suficientes para la toma de decisiones.

La fase de preinversión está conformada por varias etapas, las cuales determinan el grado de desarrollo de la información relativa de un proyecto para la toma de decisiones. Al terminar una etapa se debe analizar si se puede tomar la decisión de ejecutarla con base a la información que se dispone, o se necesita avanzar a la siguiente para ganar certidumbre, en este caso se debe determinar si los costos incurridos en obtener certidumbre adicional supera a los beneficios derivados del desarrollo de la misma.

Para entender con mayor claridad, se describen las etapas que conforman la fase de preinversión:

  • Idea. Está asociada a la identificación del problema, y consiste en puntualizar la necesidad insatisfecha o problema por resolver, su localización geográfica, la identificación de los beneficios esperados, los objetivos, el sector de la economía y la institución que lo identifica.
  • Perfil. En esta etapa se incorpora información adicional y se precisa aquella proveniente del nivel anterior. La información adicional debe referirse a: cuantificación preliminar de la oferta y la demanda y el tamaño del proyecto a partir de la información disponible; un análisis preliminar de alternativas técnicas, una estimación de montos de inversión, costo anual de operación promedio, vida útil. Con base en la información anterior se debe hacer una evaluación técnico - económica de la alternativa planteada como solución al problema.
  • Prefactibilidad. En esta etapa se precisa con mayor detalle la información proveniente del nivel anterior y se incorporan datos adicionales para descartar ciertas alternativas y perfeccionar las restantes. Para cada una de las alternativas se hará evaluaciones económicas y técnicas, con el propósito de identificar aquellas que resultan o presentan la mayor rentabilidad económica social y descartar las restantes.
  • Factibilidad. Consiste en perfeccionar la alternativa que presente mayor rentabilidad económica y social, reduciendo su rango de incertidumbre a límites aceptables mediante la realización de todos los estudios que sean necesarios.
  • Diseños finales. Comprende la elaboración de diseños finales de arquitectura e ingeniería, la definición de aspectos administrativos, legales e institucionales, la inscripción de terrenos, la definición final detallada de todos los costos del proyecto.

Es necesario mencionar que el grado de desarrollo de la fase de preinversión dependerá de la naturaleza y dimensión del proyecto.

Inversión La fase de inversión comprende la etapa de Ejecución la cual involucra el desarrollo de todas las acciones tendientes a ejecutar físicamente el proyecto tal y como fue especificado y dimensionado en la preinversión. Aquí se realizan las obras físicas, se adquiere e instala el equipo, se capacita al personal y se establece la supervisión del proyecto. Esta última actividad será la encargada de vigilar su desarrollo y recomendar las medidas administrativas o cambios que sean necesarios cuando no se esté ejecutando el proyecto de acuerdo a lo programado.

Operación Es la última fase del proyecto, en ésta se generan los bienes y servicios para los cuales fue ejecutado. Es importante indicar que al iniciar esta etapa, se debe disponer de los recursos de funcionamiento necesarios para una eficiente operación del mismo, ya que sin ellos, no generará los beneficios esperados.

Diagrama 3:

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10. Los Componentes del SNIP

La estructura del Sistema se fundamente en cuatro pilares básicos que son: a) Las normas e instrucciones, b) la capacitación, c) las metologías y d) el Sistema de Información.

10.1 Normas e Instrucciones del SNIP

Concepto

Es el conjunto de procedimientos que anualmente se trasladan a todo el Sector Público con el objetivo de regular y ordenar el proceso de la inversión pública, cualquiera sea la etapa del ciclo de vida de la iniciativa de inversión, para la cual se desee solicitar recursos para su desarrollo o ejecución

Objetivo General

Orientar y ordenar el proceso de la inversión pública hacia las oportunidades de inversión más rentables, basadas en criterios de rentabilidad social.

  • Establecer con mucha claridad los procedimientos que se utilizarán durante el proceso presupuestario, en materia de formulación y evaluación de las iniciativas de inversión.
  • Señalar el procedimiento que se aplicará durante el desarrollo del proceso presupuestario, en materia de análisis técnico y económico de las iniciativas de inversión.
  • Fijar una fecha de presentación de las iniciativas de inversión a SEGEPLAN.
  • Establecer la cobertura institucional en el tema de la inversión.
  • Definir el procedimiento que se utilizará para darle el seguimiento físico y financiero a las iniciativas de inversión.

Estructura, Contenidos y Alcance

Las instrucciones se expresan en un documento que anualmente la SEGEPLAN deberá elaborar a lo interno con la participación de todas las Direcciones Técnicas y bajo la responsabilidad de la Subsecretaría de Planificación e Inversión Pública. Este documento deberá prepararse en el último trimestre del año, y la responsabilidad directa de su elaboración será de la Dirección Técnica de Proyectos. Deberá ser un documento con un contenido breve y sencillo la primera vez, y con posterioridad, deberá ir perfeccionándose hasta llegar a establecer los procedimientos en cada sector de la economía, en función de las metodologías específicas que se estimen necesario su adecuación a la realidad del país. En cuanto a su contenido, el documento siempre deberá contener en primer lugar las orientaciones que cada sector de la actividad económica deberá tener en cuenta al momento de postular sus iniciativas de inversión, deben existir instrucciones generales para todo el proceso y finalmente se deben definir los requisitos específicos de información que las iniciativas de inversión deben tener presente al instante de ser presentadas oficialmente por las instituciones a SEGEPLAN.

Productos a Obtener con su Aplicación

El principal producto que se deberá obtener, es que se mejore sustancialmente el proceso de formulación y evaluación de proyectos al existir reglas claras y precisas de cómo se deberá efectuar dicho proceso.

Adicionalmente, SEGEPLAN pasará a jugar un rol importante, ya que se le estará informando anualmente a todo el Sector Público que hay fechas, formas de presentación de la información, que las iniciativas de inversión deben ser formuladas y evaluadas técnica y económicamente sobre la base de escoger la mejor alternativa y que SEGEPLAN será la encargada de revisar que dicha evaluación haya sido correctamente efectuada.

10.2 La Capacitación y Difusión del SNIP

Conceptos Para efectos de comprender el papel que juega la capacitación dentro del proceso de institucionalización y consolidación del SNIP, se hace necesario partir de los conceptos de capacitación y difusión.

La capacitación se define como la acción destinada a preparar a las personas con la finalidad de habilitarlos para realizar una actividad determinada; y la difusión como la acción orientada a divulgar o preparar ciertas ideas, normas, instructivos o información con la finalidad de apoyar el desarrollo de una actividad determinada.

Objetivo general

Constituir o fortalecer la capacidad institucional y humana, con la finalidad de crear y mejorar el proceso de formulación y evaluación de proyectos de todo el sector público.

En este sentido, se espera i) crear una cultura de proyectos, que permita mejorar el proceso de inversión publica; ii) poner en práctica las metodología especificas de formulación y evaluación de proyectos; iii) contribuir a establecer criterios de homogeneidad que permitan normar la formulación y evaluación de proyectos para disponer de elementos o bases de comparación comunes al analizar las diferentes alternativas de solución para un determinado problema: iv) contribuir con elementos teóricos al proceso de toma de decisiones; v) contribuir a mejorar las carteras de proyectos en preinversión; y, vi) garantizar la sostenibilidad al Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP)

En cuanto a su estructura, el plan de capacitación está sustentado, en ejes temáticos relacionados con la programación de las inversiones y el presupuesto, centrado el esfuerzo en el adecuado manejo del ciclo del proyecto, con especial énfasis en lo que se refiere al proceso de la preinversión.

Tipos de capacitación

Toda la capacitación se sustentará en el marco de un sistema docente de carácter teórico-práctico a efecto de que se enmarque en una metodología de aprender haciendo, y con el propósito básico de que todo el producto del sistema de aprendizaje genere un valor agregado con utilidad práctica, por ejemplo, todos los proyectos que se formulen dentro del proceso de capacitación ya sea a niveles de perfil, prefactibilidad o factibilidad, deberán pasar a ser un insumo para el banco de proyectos dentro del módulo de la preinversión.

Se considera que el proceso de la capacitación no debe ser ejecutado directamente por SEGEPLAN, ya que en ese caso convertiría a su personal en docentes. Por el contrario, como administrador del proceso, desempeñara la función de coordinación, de diseñador de programas, generador de materiales de apoyo, definiendo: contenidos, el financiamiento, la logística, desarrollando los procesos de selección de docentes, de selección y contratación de los ejecutores, asumiendo la responsabilidad del seguimiento y la evaluación. Sin embargo, dentro de un contexto coordinado, la docencia directa estará a cargo de entes especializados como: INAP quien operaria con los niveles técnicos del niel ministerial, regional y departamental, INFOM quien operaria en los niveles municipales. Asimismo, se podrá operar con las Universidades a través de sus extensiones universitarias, quienes podrían apoyar en la capacitación a los Consejos de Desarrollo a nivel departamental y regional; además se buscará la posibilidad de que las universidades orienten sus cursos en el marco del SNIP, considerando que muchos de los alumnos son futuros profesionales potenciales para trabajar en el sector público.

10.3 Metodologías de Formulación y Evaluación de proyectos

Concepto

Es una herramienta de diseño y análisis que contribuye a guiar la toma de decisiones sobre la mejor alternativa que se debe ejecutar, permitiendo con ello, optimizar la utilización de los recursos de inversión al comparar los beneficios y los costos asociados a un proyecto durante su ciclo de vida.

Objetivo General:

Comparar los beneficios y los costos asociados a un proyecto.

  • Ser una herramienta que apoye la formulación y evaluación de proyectos, que permita recopilar, crear y analizar en forma sistemática un conjunto de antecedentes económicos y técnicos que permitan juzgar cualitativa y cuantitativamente las ventajas y desventajas de asignar recursos a una determinada iniciativa de inversión.
  • Ser la herramienta que permita determinar la alternativa rentable y desechar aquellas que no los son.
  • Ser una herramienta que provea información para el análisis de las alternativas de inversión.
  • Ser la herramienta sobre la cual debe fundamentarse el proceso de capacitación del SNIP.

Tipos de Metodologías y Contenidos

Existen dos tipos de metodologías de formulación y evaluación de proyectos, la general y las específicas. La metodología general corresponde a la de Mínimo Costo, es decir se analizan las alternativas de solución al problema detectado y se escoge aquella que representa el menor costo y que además, garantice la obtención de los beneficios. Esto implica la existencia de un presupuesto detallado, es decir la desagregación de todas las partidas, componentes o actividades identificadas en el cronograma de actividades, identificando cantidades y precios unitarios, los que deben estar avalados o certificados por medio de las respectivas cotizaciones.

Las metodologías específicas se diferencian básicamente en la forma de medir y cuantificar los beneficios. En la práctica, por ejemplo: i) en los proyectos sociales no resulta fácil medir los beneficios, por lo tanto, se parte del supuesto de que todos estos proyectos son socialmente rentables, por lo que estos proyectos se evalúan bajo el criterio de Costo - Eficiencia, por ejemplo en el sector salud se deberán calcular indicadores de rentabilidad como "Costo Anual Equivalente" (CAE) o "Costo de Operación Adicional"; para el sector educación, el indicador de rentabilidad a calcular será "Costo de Inversión por Alumno".

En lo que se refiere a proyectos productivos o de infraestructura, sus beneficios serán cuantificados a través de indicadores que permitan calcular directamente su costo-beneficio. Por ejemplo, los proyectos relacionados con el transporte se utilizarán indicadores de rentabilidad como Valor Actual Neto (VAN), Tasa Interna de Retorno (TIR), (privado y social) y momento óptimo; los proyectos de riesgo procesarán indicadores de rentabilidad como VAN Y TIR (social, privada) y la tasa de descuento privada.

Estructura

Para el Sistema Nacional de Inversión Pública, la aplicación de las metodologías para formulación y evaluación de proyectos implicará al menos el desarrollo de los siguientes elementos, por parte de la institución presentadora o formuladora de la iniciativa de inversión.

  1. Identificación y definición del problema. 
  2. Diagnóstico de la situación actual 

    Area de influencia 

    Población 

    Oferta / demanda 

    Balance 

    Proyección de la demanda 

    Balance con demanda proyectada 

  3. Identificación, definición y selección de alternativas, incluida la optimización de la situación base. 

    ¿tamaño óptimo?

  4. Evaluación del Proyecto. Tipos: General y Específica

    General: costo mínimo 

    Específica: costo / eficiencia - costo / beneficio, según corresponda 

    Análisis de sensibilidad 

  5. Antecedentes de respaldo de la información

    Presupuesto

    Cronograma

    Planos

    Compromisos

    Certificados

    Programas arquitectónicos

    Listados de equipamiento

    Otros, dependiendo del sector

  6. Resumen, conclusiones y recomendaciones

Vinculaciones con el Componente de Capacitación

El proceso de capacitación del SNIP deberá basarse en la aplicación de las metodologías de formulación y evaluación de proyectos. Esto significa en la práctica que deberán existir cursos de diferente nivel de profundidad sobre el proceso de formulación y evaluación de proyectos. Estos cursos pueden ser para técnicos o bien para profesionales de todo el sector público, donde los productos a obtener serán proyectos de los diferentes sectores, formulados y evaluados a nivel de perfil, prefactibilidad o factibilidad, según sea el nivel del curso programado por el SNIP.

Los cursos deberán tener un componente teórico y uno práctico, donde se aplicarán los conocimientos adquiridos.

Metas a Alcanzar

En el corto plazo se deberá efectuar el inventario de metodologías y la elaboración de los términos de referencia y su posterior licitación, para desarrollar la adecuación de al menos tres metodologías específicas a la realidad de Guatemala.

Al finalizar el segundo año de operación, el SNIP deberá disponer de al menos, de una metodología específica para salud, otra para educación y otra para caminos.

En el largo plazo, el SNIP deberá disponer de al menos de seis metodologías adecuadas a la realidad del país, adicionando una metodología para riego, otra para acueductos, y una para vialidad urbana.

Participación de los Ministerios

En este proceso, los ministerios jugarán un rol importante, ya que SEGEPLAN necesitará disponer y tener acceso a toda una batería de información, que el sector tiene la obligación de generar y además mantener actualizada.

Esto significa un fuerte fortalecimiento institucional de los ministerios, sus unidades de planificación y su nivel central y regional, manteniendo una interacción muy coordinada para crear y actualizar periódicamente la información particular de cada sector, por ejemplo: la matrícula actualizada en el ámbito escolar, las proyecciones de crecimiento de la población escolar, los pacientes atendidos por puesto de salud, las mediciones de transito, los cuales son algunos de los parámetros de información que deberán tener actualizados para apoyar el proceso de adecuación de las metodologías de formulación y evaluación de proyectos que deberá desarrollar SEGEPLAN en el mediano plazo.

Elementos de Apoyo a considerar para su puesta en operación Entre los elementos de apoyo, deberá considerarse la impresión de manuales con ejemplos prácticos en los sectores definidos como prioritarios. Los sectores deberán proporcionar listados actualizados con información propia del sector, para poder ser utilizados en los cursos de formulación y evaluación de proyectos.

Productos a Obtener con su Aplicación Carteras de proyectos en salud, educación, caminos formulados y evaluados de acuerdo a las metodologías aplicadas por SEGEPLAN para la presentación de proyectos al SNIP.

Carteras de proyectos con el informe favorable de la SEGEPLAN para apoyar el proceso de negociación del financiamiento externo.

10.4 El Sistema de Información del SNIP

De conformidad con la Ley del Organismo Ejecutivo, la SEGEPLAN tiene a su cargo Diseñar, coordinar, monitorear y evaluar el Sistema Nacional de Proyectos de Inversión Pública".; además el Acuerdo Gubernativo 677-98 le establece la obligación a la Secretaría de "conformar y mantener actualizado el inventario de proyecto de inversión pública en sus distintas etapas en el sistema de información de la institución, mediante el seguimiento físico y financiero de los mismos".

La tendencia actual de la administración pública es optimizar la gestión y la prestación de los servicios públicos, para ello debe apoyarse en instrumentos sistematizados y automatizados.

En la actualidad, la información ha adquirido cada día mayor relevancia, sobre todo en cuanto a su calidad y oportunidad, por esta razón, en el campo de la inversión pública se requiere también que ella reúna y cumpla los mismos requisitos, para poder apoyar la toma de decisiones.

Debido entonces a que la información sobre proyectos es variada y especializada, es necesario disponer de un instrumento que la registre, clasifique y organice, de tal forma que se convierta en un medio que favorezca y apoya el desarrollo del proceso en cada una de sus etapas de manera efectiva y además eficiente.

Concepto Es la herramienta computacional del Sistema Nacional de Inversión Pública que captura y procesa información actualizada de las iniciativas de inversión, en función del ciclo de vida, para apoyar la toma de decisiones.

Este sistema funciona sobre la base de un proceso ordenado y dinámico, que opera en forma descentralizada en los diferentes niveles de la administración pública, que tiene definidos los procedimientos, mecanismos, flujos de información y acciones para capturar y producir información oportuna, relevante y actualizada en función del ciclo de proyecto, permitiendo a la vez adoptar y ejecutar las acciones y medidas correctivas necesarias para el óptimo desarrollo de los mismos.

Objetivos del Sistema de Información

El objetivo primordial del sistema es mantener un banco (inventario) de proyectos en las distintas etapas del proceso de inversión, asegurando la disponibilidad de información confiable y oportuna para apoyar la toma de decisiones.

Asimismo facilitará: mantener una cartera de proyectos formulados, evaluados y priorizados para que el país pueda negociar eficientemente la cooperación internacional; la integración del Programa de Inversiones Públicas; la determinación de los requerimientos de financiamiento y la asignación de recursos para los proyectos de inversión pública; el seguimiento físico y financiero de iniciativas de inversión. la estimación de los gastos recurrentes que genera la inversión.

Aportes del Sistema de Información al sector público

El Sistema informático ofrece múltiples facilidades para apoyar al sistema de inversiones públicas, es decir el sistema informático se convierte en la herramienta básica que registra los movimiento que se producen en torno al proceso de las inversiones públicas.

Entre las facilidades que ofrece el sistema informático, se puede mencionar:

  • Elimina tramitación burocrática y en papel y mejora la comunicación de los ejecutores con los entes centrales del sistema.
  • Apoya el proceso de estandarización de las variables del proceso de inversión.
  • Apoya la programación de las inversiones y el proceso presupuestario en general.
  • Registra en forma ordenada los flujos de información de las iniciativas de inversión.
  • Apoya el seguimiento del proceso de transformación de ideas en proyectos realizables.
  • Facilita la generación de información agregada, estadística y geográfica a las diferentes instancias para la toma de decisiones y 
  • Facilita la transferencia de requisitos, metodología, instrucciones e información sobre el mismo proceso.

En el sistema de información de proyectos puede distinguirse dos niveles de usuarios. Los primeros son los que están directamente involucrados en la producción de la información, adquiriendo roles específicos, dependiendo del nivel en que actúen. El segundo nivel de usuarios está constituido por todos los que emplean y se sirven de la información que genera el Sistema.

El sistema recopilará información sobre variables, tal el caso de la identificación y descripción del proyecto, información de la programación y avance físico y financiero, un resumen cualitativo de la situación actual del proyecto así como sobre el avance de los resultados obtenidos, que servirá de base para la toma de decisiones o acciones a seguir, sobre la programación de la inversión.

La experiencia ha demostrado que para que un sistema de seguimiento sea aceptado y utilizado por la administración pública, éste debe ser de fácil manejo y flexible. Asimismo, la información requerida en el mismo debe ser de utilidad para los niveles técnicos, ejecutivos, gerenciales y políticos.

Estructura del Sistema de Información.

El sistema está conformado por un conjunto de módulos que permiten dar seguimiento al ciclo de vida del proyecto en el proceso de inversión pública, cualquiera que sea su fase o etapa en que se encuentre.

Los módulos girarán en torno a las grandes tareas que realizará el SNIP, tal el caso de la identificación de las iniciativas de inversión y el análisis y autorizaciones para obtener financiamiento; el seguimiento a las distintas fases del proyectos; la priorización de la inversión; el financiamiento (interno y externo); la construcción de escenarios; y el módulo reportes gerenciales, entre los que se encuentra el Programa de Inversiones Públicas (PIP).

Tecnología del Sistema de Información de Proyectos

Desde el punto de vista tecnológico, se plantea utilizar la infraestructura existente del SIAF, haciendo los agregados necesarios para llegar a todos los niveles involucrados en el proceso de inversión, utilizando las herramientas que permitan desarrollar soluciones completas y con el máximo de productividad y flexibilidad, empleando tecnología de punta que pueda hacer frente a los cambios tecnológicos y normativos a los que nos enfrentamos cada día.

Los aspectos a considerar son: a) de Hardware, Se plantea la necesidad de utilizar una arquitectura abierta con tecnología de punta, usando todas las facilidades que ofrece el ambiente windows, b) de Telecomunicaciones, continuar con el esquema global de informatización del Gobierno, aprovecha do las redes gubernamentales existentes, lo que permitirá que cada usuario del sistema, en su propias estación de trabajo, disponga de la información del Sistema, de acuerdo a los roles de su competencia, complementadas con el establecimiento de páginas web "externas", que se puedan consultar desde cualquier lugar; c) Software, se plantea el desarrollo del SNIP utilizando como base de datos relacional ORACLE y sus herramientas para una plataforma de intranet - internet, las que actualmente se utilizan para el desarrollo de páginas Web.

La institucionalización y sostenibilidad del sistema tiene condicionantes que deben ser consideradas, entre las cuales puede mencionarse: i) la voluntad y apoyo político, para institucionalizar el uso como herramienta única en la gestión de la inversión, ii) mantenimiento informático permanente, que permita su óptimo funcionamiento y la adecuación a las necesidades de los usuarios; iii) diseño e implementación de un programa de capacitación permanente que respondan a las necesidades de los diferentes niveles de usuarios; y, iv) la obligatoridad de la actualización de la información contenida en el sistema, con un adecuado control de calidad.

 


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