|
|
|

|
|
|
|

|
|
|
Vinculación
de las Etapas que intervienen en el proceso de la Inversión
Pública:
|
|

|
1. Formulación y Evaluación
de Proyectos
La formulación de un proyecto es
una actividad propia de la preinversión y abarca desde la
identificación de necesidades y carencias que representan un
problema para la población, hasta la finalización de los
diseños finales del proyecto.
Si a esta idea se le agrega valor
con más información tal como el estudio de la oferta y demanda
y el balance entre éstas, la determinación del tamaño del
proyecto, el análisis preliminar de las alternativas técnicas,
la estimación de los costos de inversión por ítem (terreno,
inversión principal, obras auxiliares y equipamiento), la
estimación de los costos de operación, mantenimiento y el
cálculo de la vida útil, se tiene entonces un perfil. La
elaboración de los perfiles de proyectos está a cargo de las
unidades ejecutoras sectoriales o de las unidades técnicas de
los Consejos de Desarrollo.
En la práctica, esto significa
la elaboración de estudios y su análisis preliminar, donde se
revisan diversas alternativas debidamente evaluadas cada una de
ellas y cuyos resultados tienden a mejorarse a medida que se
profundiza en ellos, en las etapas siguientes de su
formulación.
En este contexto, el Sistema
Nacional de Inversión Pública normará este proceso de dos
formas muy directas: la primera de ellas, en la aplicación de
metodologías específicas según el sector de la economía
donde exista la necesidad de buscar alternativas de solución y
la segunda, en la elaboración anual de normas e instructivos
que guíen y orienten al Sector Público sobre la forma de
aplicar las herramientas metodológicas en el proceso de la
formulación y evaluación de las iniciativas de inversión.
|
|

|
2. Análisis técnico -
económico de los proyectos
El análisis técnico -
económico es la actividad dentro del proceso de la inversión
pública de exclusiva responsabilidad de SEGEPLAN y que consiste
en revisar en forma integra el proceso de formulación y
evaluación que desarrolló la Institución, para verificar la
existencia real del problema, si se analizaron todas las
alternativas de solución, si la alternativa seleccionada es la
que presenta y demuestra ser la más rentable y su pertinencia
con la política sectorial o regional, es decir, consiste en
verificar si ha aplicado correctamente la metodología existente
en el sector.
En ese sentido el Sistema
Nacional de Inversión Pública será el encargado a través de
tres acciones de vincularse con esta fase del proceso: a) con la
definición o adaptación de metodologías específicas por
sector de la actividad económica; b) con la capacitación, al
enseñar la aplicación correcta del instrumento metodológico
en SEGEPLAN y en las diferentes instituciones del sector
público; y c) en las normas e instructivos, al señalar cómo
se deberían de presentar las iniciativas de inversión y cómo
se efectuará su análisis y cuáles serán los informes que se
utilizarán en cada fase del proceso.
|
|

|
3. Discusión del anteproyecto
de presupuesto
El principal insumo para la
preparación del escenario para la discusión y consenso del
anteproyecto de presupuesto, será la cartera de proyectos
técnicamente formulados y evaluados, analizados, aprobados y
priorizados de conformidad con las políticas y objetivos de
desarrollo sectorial y regional. En este ejercicio interviene el
Ministerio de Finanzas Públicas, la Secretaría de
Planificación y Programación de la Presidencia y los
Ministerios Rectores sectoriales. En el caso de los Fondos,
intervendrán para cada caso, los representantes del Fondo más
los Ministerios Rectores Sectoriales en donde incursionen los
Fondos.
La participación del Sistema
Nacional de Inversiones Públicas en esta fase es
complementaria, ya que deberá proporcionar a cada Institución
la información referente a la cartera de proyectos aprobados,
para que el sector teniendo en cuenta el techo presupuestario
informado por el Ministerio de Finanzas Públicas pueda
priorizar sus iniciativas de inversión en función de las
políticas marco y teniendo en consideración el ordenamiento
que en su oportunidad haya propuesto el nivel regional.
|
|

|
4. Asignación de Recursos
Esta es una función que compete
con exclusividad al Ministerio de Finanzas Públicas y consiste
en asignar los recursos a cada proyecto de inversión, conforme
el flujo de caja que presenten los ejecutores, mismo que
dependerá de las disponibilidades financieras que tenga el
Gobierno en su momento. Las asignaciones se harán conforme a la
red de categorías programáticas diseñadas para cada
institución. La asignación se hará inmediatamente después de
estar aprobado el presupuesto por el Congreso de la República
para aperturar el presupuesto el primer día hábil del año.
|
|

|
5. Seguimiento físico y
financiero de la ejecución
Esta función está amparada en
la Ley del Organismo Ejecutivo y SEGEPLAN ha sido designado para
realizarla. No obstante lo anterior, el ministerio al que
pertenece la unidad ejecutora, es el que en primera instancia
debe darle seguimiento a las acciones propias de su cartera. El
seguimiento debe entenderse como un acompañamiento cercano a
cada un de las variables importantes del proyecto, que permite
comparar lo programado con lo ejecutado, establecer las
diferencias, las causas que las originan y determinar, sino
prever las consecuencias de los desfases. El seguimiento por
consiguiente no es exclusivo de la etapa de la ejecución, sino
abarca todo el ciclo del proyecto.
En ese sentido, el Sistema
Nacional de Inversiones Públicas debe asumir en rol normativo,
para tales efectos deberá definir con mucha claridad cómo se
ejecutará el proceso de seguimiento. Esta actividad la
realizará anualmente en las iniciativas de arrastre, al momento
de efectuar el saldo por invertir dentro de la programación de
la inversión. Para ello verificará la programación de
inversiones anual contra lo efectivamente gastado, y de esta
forma se determinará que el saldo por invertir originalmente
está correctamente calculado, o en su defecto será necesario
reprogramar la inversión para el nuevo año presupuestario. De
esta forma el SNIP normará la forma en que se efectuará el
seguimiento físico y financiero de las iniciativas de
inversión y la emisión de los informes se fundamentarán en la
aplicación de dicha normativa para las iniciativas de arrastre.
|
|

|
6. Evaluación ex - post e
informe final de término del proyecto
El sistema de evaluación ex -
post tiene cinco etapas en su metodología:
La identificación, que consiste
en seleccionar el proyecto a evaluar, con toda la información
acumulada durante su desarrollo desde la formulación,
evaluación, análisis técnico - económico, asignación de
recursos, seguimiento físico y financiero hasta su puesta en
operación.
La medición, que es la esencia
misma de la evaluación, cuya tendencia debe identificar la
dirección y el orden de magnitud de los efectos observados.
Esto puede dificultarse dependiendo de la naturaleza del
proyecto y normalmente requiere de la estimación de indicadores
cuantitativos que suelen ser definidos como parte de la
evaluación ex - ante.
La confrontación, que no es más
que la comparación de la situación real con la situación
esperada al formular el proyecto; para ello es necesario
apoyarse en información histórica del proyecto, información
que la proporciona un banco de proyectos que tenga la capacidad
de entregar en cualquier momento, los antecedentes y un informe
de la situación actual del proyecto objeto de evaluación.
La siguiente etapa es la
explicación de los fenómenos y efectos observados, de la
diferencia entre lo esperado y la realidad identificada en la
etapa anterior. Esta explicación es la base de las conclusiones
y recomendaciones que se extraen del análisis ex - post de un
proyecto y la fortaleza de su validez. Las conclusiones de una
evaluación son en última instancia el elemento que,
retroalimentando el proceso, permite esperar que los proyectos
futuros sean mejores que los predecesores.
La difusión de los resultados,
es una etapa en la que no se puede ser indicativos, toda vez que
los resultados pueden o no ser divulgados debido a su
confidencialidad y restricciones. Depende pues de la política
institucional si se decide hacer públicos los resultados y
valorar si la divulgación dará aportes positivos a los futuros
proyectos y a las instituciones involucradas.
El aporte del SNIP en esta fase
del proceso de la inversión estará centrada fundamentalmente
en la elaboración de una metodología que permita a las
instituciones desarrollar este proceso basado en procedimientos
técnicos, claramente detallados, para facilitar con ello su
aplicación en forma periódica por parte de las instituciones
del Sector Público.
Además, en definir el contenido
del Informe de Término de Proyecto que las unidades ejecutoras
deberán realizar con la información acumulada durante su
desarrollo, para apoyar efectivamente la ejecución de la
evaluación expost.
|
|
|